lunes 28 de diciembre de 2009
Video Bonos Tecnológicos
domingo 20 de diciembre de 2009
Programa Bonos Tecnológicos

2009 - Subvenciones a PYMES y emprendedores mediante bonos tecnológicos. Bases reguladoras y Convocatoria 2009.
Plazo:
Inicio 12/12/2009 Fin 30/09/2010
Objeto:
Establecer las normas por las que se regirá el concurso para la concesión de subvenciones a pequeñas y mediana empresas (Pymes) y emprendedores mediante bonos tecnológicos.
Requisitos:
Las entidades que pretendan beneficiarse del presente régimen de subvención deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. Que de los datos aportados, tanto en los impresos normalizados como en la memoria que acompaña a la solicitud, se deduzca que el proyecto está adecuadamente definido tal que permita ser evaluado conforme a los criterios establecidos.
2. El beneficiario deberá autofinanciar el proyecto o servicio en, al menos, un 25% del coste aprobado del proyecto, salvo para las acciones TIC-1 y TEC-1 que será del 20%.
En ningún caso podrá concertarse por el beneficiario la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades vinculadas con aquél, salvo que concurran las siguientes circunstancias:
1º) Que la contratación se realice de acuerdo con las condiciones normales de mercado.
2º) Que se obtenga la previa autorización del órgano concedente.
Sujetos beneficiarios:
Podrán acogerse a la presente Resolución de acuerdo con estas bases:
-1) Las pequeñas y medianas empresas (Pymes) y los profesionales autónomos que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
-2) Los emprendedores que pretendan poner en marcha una empresa de base tecnológica con personalidad jurídica propia, siempre y cuando dichos emprendedores tengan constituida su empresa con menos de un año de antigüedad o estén dados de alta como trabajadores autónomos en el momento de presentar la solicitud de ayuda.
Solicitudes:
ANEXO II. Instancia de solicitud - ANEXO_II_Sol.doc (470 Kb)
Documentación a aportar:
Las solicitudes se presentarán por duplicado y deberán ir acompañadas del original y una copia de los siguientes documentos:
a) Impresos normalizados, según anexo II.
b) Memoria explicativa y presupuesto del proyecto, según anexo III.
c) Oferta del proveedor del servicio (factura pro forma u oferta comercial)
d) Poder del representante.
e) C.I.F. o N.I.F. del solicitante.
f) Certificados de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, salvo autorización del solicitante a la ACIISI para su consulta por vía telemática, certificación o declaración jurada con la relación mensual de trabajadores dados de alta en el último año natural y copia del TC1 y TC2 del mes anterior al de la solicitud.
g) Último recibo de abono del modelo de autoliquidación de los trabajadores por cuenta propia que presten servicios en la entidad solicitante, en caso de que ésta no tuviese trabajadores por cuenta ajena.
h) Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos.
i) En su caso, presentación de escritura de constitución o documento equivalente.
Modelos:
ANEXO III: MEMORIA Y PRESUPUESTO DEL PROYECTO A PRESENTAR AL PROGRAMA DE BONOS TECNOLÓGICOS - ANEXO_III.doc (336 Kb)
ANEXO IV: MODELO DE LIQUIDACIÓN - ANEXO_IV_liq.doc (329 Kb)
Criterios de valoración y baremación:
El criterio de valoración será el orden de presentación de las solicitudes completas, o en el supuesto de la subsanación de errores, la presentación de la documentación preceptiva completa si así se hubiera requerido, en los registros a los que hace referencia la base general segunda. En caso de que los fondos disponibles no fueran suficientes para atender todas las solicitudes presentadas y para las no resueltas no pudiera determinarse el orden de presentación por la causa que fuere, se procederá a la aplicación de criterios de priorización y, en consecuencia, las ayudas se concederán bajo el régimen de concurrencia competitiva, estableciendo una prelación de acuerdo con los límites presupuestarios.
Los criterios de priorización se aplicarán por el orden en que se indican a continuación:
1) Empresas que no hayan sido beneficiarias durante los tres últimos años por subvenciones del Gobierno de Canarias.
2) Tamaño de la empresa, de menor a mayor, en función del número de trabajadores y del volumen de facturación, por este orden.
3) Ubicación de la empresa en islas no capitalinas.
Marco legal específico:
- Resolución de 27 de noviembre de 2009 (BOC nº 242, de 11.12.2009) , del Director, por la que se aprueban las bases reguladoras con vigencia indefinida, que han de regir en la concesión de subvenciones a Pymes y emprendedores mediante bonos tecnológicos, y se efectúa la convocatoria para 2009.
Enlaces Relacionados:
Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información
Observaciones:
La tramitación electrónica se realiza a través de la siguiente dirección web:
http://www.gobiernodecanarias.org/aciisi/bonos
jueves 17 de diciembre de 2009
Proveedores Bonos Tecnologicos
El enlace es este:
- TEC-1.A Asistencia en la identificación y planificación de innovaciones no basadas en las TIC.
- TEC-1.B Asistencias técnicas a emprendedores para la realización del Plan de Negocio de nuevas empresas de base tecnológica.
- TEC-1.C Asistencia técnica sobre la aplicación de deducciones fiscales por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica no relacionadas directamente con el uso de las TIC, incluyendo la identificación de las actividades y proyectos deducibles, cálculo de la deducción, la redacción de las memorias y soporte en la defensa de las mismas.
- TEC-2 Desarrollo e implementación de innovaciones no basadas en TIC.
- TEC-3.A Dirección/evaluación de proyectos no relacionados con las TIC.
- TEC-3.B Asistencias técnica a pymes para la protección legal de la propiedad industrial.
- TEC-4 Proyectos de desarrollo de innovaciones tecnológicas no basados en TIC.
- TIC-1.A Asistencia en la identificación y planificación de innovaciones basadas en las TIC.
- TIC-1.B Asistencias técnicas a emprendedores para la realización del Plan de Negocio de nuevas empresas de base tecnológica.
- TIC-1.C Asistencia técnica sobre la aplicación de deducciones fiscales por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica en el área TIC, incluyendo la identificación de las actividades y proyectos deducibles, cálculo de la deducción, la redacción de las memorias y soporte en la defensa de las mismas.
- TIC-2 Desarrollo e implantación de innovaciones TIC.
- TIC-3.A Dirección/evaluación de proyectos TIC.
- TIC-3.B Asistencias técnica a pymes para la protección legal de la propiedad industrial.
- TIC-4 Proyectos de desarrollo de innovaciones tecnológicas basados en TIC.
Bonos Tecnológicos
Presentacion Bonos Tecnologicos Jornada Tf Innova Jornada Icod
martes 15 de diciembre de 2009
Solicitudes: Resolución de 27 de noviembre de 2009 de Concesión de Bonos
Circular informativa de iQ cobre la 2ª Convocatoria Bonos Tecnológicos
Bonos Tecnológicos Canarias (nueva convocatoria)
Bonos Tecnológicos Canarias BOC. Convocatoria 2009 2010